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El Govern prohíbe el uso comercial de amarres en los puertos autonómicos ante la normativa estatal

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PortsIB responde a la nueva regulación del Estado y recuerda que los puntos de atraque asignados a embarcaciones privadas no podrán utilizarse con fines económicos.

Palma, 25 de julio de 2025. El Govern de les Illes Balears ha dictado una resolución que prohíbe expresamente el uso comercial de los amarres concedidos para uso particular en los puertos de gestión autonómica, con el objetivo de impedir prácticas como el alquiler turístico de embarcaciones privadas.

La medida se adopta como respuesta a la reciente resolución estatal publicada en el BOE el pasado 22 de julio, que permite a embarcaciones de recreo privadas cambiar temporalmente su uso a comercial. En este sentido, el Ejecutivo autonómico subraya que actúa en ejercicio de sus competencias exclusivas sobre el dominio público portuario para preservar el modelo balear de gestión portuaria.

Infracciones y sanciones
La resolución establece que cualquier uso comercial de estos amarres constituye una infracción grave, lo que conllevará la apertura de un expediente sancionador y la caducidad inmediata de la autorización correspondiente.

Equilibrio entre usos sociales y lucrativos
Ports de les Illes Balears (PortsIB), dependiente de la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua, recuerda que el modelo balear distingue claramente entre amarres sociales y amarres comerciales, con el fin de mantener el equilibrio entre la actividad náutica, la seguridad de las instalaciones y la protección del entorno litoral.

En palabras de PortsIB, “utilizar amarres sociales para un uso lucrativo desvirtúa su finalidad y rompe el equilibrio que debe existir entre los distintos usos portuarios”.

Control reforzado y marco jurídico autonómico
El Govern insiste en que la resolución estatal no altera el marco jurídico autonómico ni las condiciones de uso fijadas en los títulos de ocupación de PortsIB, por lo que se mantendrán los controles y la tutela sobre el uso de los amarres para garantizar que se destinen exclusivamente a su finalidad original.

Además, con el objetivo de reforzar el control en los puertos autonómicos en régimen de gestión indirecta, PortsIB ha solicitado a las entidades concesionarias que presenten en un plazo máximo de diez días una propuesta provisional de reparto de amarres según su uso, diferenciando claramente los destinados a embarcaciones particulares y los reservados para actividades profesionales, como el chárter náutico o el transporte marítimo no regular.

La resolución será publicada en el BOIB y ya puede consultarse en la web oficial de Ports de les Illes Balears.

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