Durante 2025 se han realizado 94 inspecciones y se han levantado 21 actas por incumplimientos de la normativa de protección de las lagartijas endémicas.
Palma. La Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural ha llevado a cabo durante 2025 un total de 94 inspecciones en viveros de las Illes Balears para comprobar el cumplimiento del Decreto Ley 1/2023, una normativa clave para proteger a la lagartija pitiusa (Podarcis pityusensis) y a la lagartija balear (Podarcis lilfordi), así como para prevenir la introducción de serpientes invasoras de la familia Colubridae.
El Servei d’Agents de Medi Ambient desplegó entre julio y septiembre una campaña específica de vigilancia, centrada especialmente en viveros con mayor presencia de olivos, uno de los principales vectores de entrada accidental de serpientes en el archipiélago.
Como resultado de estas actuaciones, se han levantado 21 actas por incumplimientos del Decreto y ya se han iniciado cuatro expedientes sancionadores, con multas que pueden oscilar entre los 100 y los 2.000 euros.
El conseller Joan Simonet ha subrayado que estas sanciones demuestran “el compromiso del Govern con la defensa de la biodiversidad balear y con la lucha decidida contra las especies invasoras”, consideradas una de las mayores amenazas para la fauna autóctona de las islas.
Por su parte, la directora general de Medio Natural y Gestión Forestal, Anna Torres, ha recordado que el Decreto regula de forma estricta la importación de árboles ornamentales de gran porte —como olivos, algarrobos y encinas—, ya que su traslado es una de las principales vías de entrada de serpientes. La entrada de estos ejemplares solo está permitida por los puertos de las Illes Balears entre el 1 de abril y el 15 de junio y entre el 15 de septiembre y el 15 de octubre. Fuera de estos periodos, se requiere una autorización excepcional de la Dirección General.
Cuando se detectan importaciones fuera de plazo o sin autorización, los árboles no pueden abandonar el puerto y el importador debe decidir en un plazo de 48 horas si la mercancía se devuelve a origen o se destruye.
Además, la normativa obliga a viveros, establecimientos comerciales y particulares que almacenen o vendan árboles ornamentales de gran tamaño a instalar trampas de captura de serpientes o sistemas equivalentes. Estas medidas deben mantenerse, como mínimo, entre el 1 de abril y el 30 de octubre, con una proporción mínima de una trampa por cada veinte árboles o por cada 500 metros cuadrados de superficie.


