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Conceden incapacidad permanente total en Mallorca a una funcionaria afectada de Lupus

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El Juzgado de lo Social 6 de Palma revoca la decisión del INSS y reconoce su imposibilidad para continuar como conserje y ordenanza

Palma, 8 de julio de 2025. El Juzgado de lo Social número 6 de Palma de Mallorca ha reconocido la Incapacidad Permanente Total a una funcionaria del Estado afectada por Lupus, al considerar que sus dolencias le impiden realizar su profesión habitual como conserje y ordenanza en la Administración General del Estado.

La sentencia revoca así la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había denegado esta condición pese a los múltiples informes médicos y a una discapacidad reconocida del 42% por parte de los servicios sociales autonómicos.

El despacho Parrado Asesores Abogados, que ha llevado el caso, ha conseguido que se reconozca también el carácter retroactivo de la prestación. La clave del procedimiento ha sido la documentación médica especializada que acredita los problemas lumbares, articulares y psicológicos derivados del Lupus, los cuales afectan gravemente a su capacidad deambulatoria y a la posibilidad de realizar tareas físicas habituales.

El tribunal sostiene que “no sólo debe reconocerse este grado de incapacidad al trabajador que carezca en toda posibilidad física para realizar cualquier quehacer laboral, sino también aquel que, con aptitudes para algunas actividades, no tenga facultades reales para consumar, con cierta eficacia, las tareas que componen una cualquiera de las variadas ocupaciones que ofrece el ámbito laboral”.

En el caso concreto, la sentencia subraya que la trabajadora no puede desempeñar funciones básicas de su puesto, como hacer recados dentro o fuera del centro, mover paquetería, acudir a correos o encargarse de la apertura y cierre de las instalaciones, al no poder mantenerse de pie ni caminar durante períodos prolongados.

El abogado Álvaro González, del despacho Parrado Asesores, ha resaltado que “es fundamental adaptar la documentación médica al lenguaje jurídico para demostrar que el paciente no puede seguir realizando sus funciones laborales cotidianas”. Además, ha señalado que este caso “refuerza la tendencia judicial de que una enfermedad común, como el Lupus, también puede agravar la capacidad laboral de forma progresiva y llevar a la incapacitación total”.

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