El Ajuntament asegura que el inicio de los expedientes no implica la baja automática en el padrón y que el procedimiento se realiza con todas las garantías administrativas.
Palma, 12 de marzo de 2026. El Ajuntament de Palma ha aclarado que la revisión de determinados empadronamientos de personas en situación de vulnerabilidad y sin domicilio responde al cumplimiento de la normativa vigente y a criterios estrictamente técnicos establecidos por los servicios municipales.
El Consistorio ha recordado que el procedimiento se basa en la Resolución de 17 de febrero de 2020 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, publicada en el BOE el 29 de abril de 2020, que regula las instrucciones técnicas sobre la gestión del padrón municipal y el empadronamiento de personas sin hogar.
Protocolo de coordinación entre servicios municipales
A partir de esta normativa, las áreas municipales de Servicios Sociales y Población establecieron en julio de 2025 un protocolo interno de coordinación para regular el procedimiento de empadronamiento de personas en situación de calle y su seguimiento periódico.
El documento establece que cualquier cambio de situación —como traslado a otro municipio, acceso a una vivienda o salida de un centro de acogida— debe reflejarse en el padrón municipal para mantenerlo actualizado.
Asimismo, el protocolo fija que la Unidad Móvil de Emergencia Social (UMES) de Cruz Roja, entidad encargada de la atención a este colectivo, actualice cada seis meses el listado de personas que continúan en situación de calle.
Procedimiento administrativo con garantías
El Ayuntamiento ha subrayado que el inicio de un expediente de revisión no implica en ningún caso la baja automática en el padrón municipal. Durante todo el proceso administrativo, las personas afectadas continúan empadronadas.
Si se acredita que siguen residiendo en el municipio o siendo atendidas por los servicios sociales u otras entidades, el expediente se archiva y el empadronamiento se mantiene.
De hecho, según ha informado el Consistorio, 17 solicitudes de baja ya han sido anuladas tras comprobarse que las personas continúan en situación de calle en Palma.
En los casos en los que no sea posible practicar la notificación, el procedimiento prevé su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tal como establece la normativa.
Una vez finalizada la tramitación, el expediente deberá contar además con un informe vinculante del Consell d’Empadronament antes de que pueda adoptarse una eventual resolución de baja en el padrón.
Compromiso con la atención social
El Ayuntamiento ha reiterado que los procesos de revisión del padrón se realizan con criterios técnicos y con todas las garantías administrativas, al tiempo que mantiene su compromiso con la atención a las personas en situación de vulnerabilidad.
En este sentido, el Consistorio ha recordado que estas personas siguen teniendo acceso a la cartera municipal de Servicios Sociales, que incluye ayudas económicas de urgencia, recursos de acogida, atención social especializada y apoyo para el acceso a la vivienda.











